Sendas pruebas de alcoholemia resultaron con 1,11 y 1,14 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, siendo la máxima permitida de 0,25 mg/l.
Se desplazaba a trabajar desde Calasparra hasta Mula
La Guardia Civil de la Región de Murcia ha investigado a una conductora que, después de sufrir un accidente de circulación en la carretera RM-552 (Calasparra-RM-532), fue sometida a la preceptiva prueba de alcoholemia arrojando un resultado que cuadruplicaba la tasa de alcohol máxima permitida.
La actuación se inició cuando la Central Operativa de Tráfico (COTA) de la Guardia Civil fue alertada de un accidente de circulación ocurrido en la carretera RM-552, por lo que una patrulla de motoristas del Destacamento de Tráfico de Caravaca de la Cruz se desplazó al lugar para verificarlo y, en su caso, atender al conductor e instruir las correspondientes diligencias.
Los guardias civiles hallaron un turismo fuera de la carretera y a la conductora en su interior con evidentes signos de haber ingerido alcohol, por lo que, como es preceptivo en todos los casos de accidente de circulación, se le practicó la correspondiente prueba de detección alcohólica en las que arrojó sendos resultados de 1,11 y 1,14 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, cuadruplicando la tasa máxima permitida que es de 0,25 mg/litro.
Los agentes averiguaron que la mujer se desplazaba a su lugar de trabajo desde Calasparra hasta Mula, así como que el accidente se produjo por salida de vía en un tramo recto, sin otros vehículos implicados, quedando el turismo con numerosos daños y la conductora con lesiones leves.
Por este motivo, a la mujer, de nacionalidad lituana, de 48 años y vecina de Calasparra, le fueron instruidas diligencias como presunta autora de delito de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, al superar con creces las tasas establecidas, siendo puesta a disposición del Juzgado de Instrucción número 1 de Caravaca de la Cruz, para la celebración del correspondiente juicio.
El turismo quedó inmovilizado en el lugar hasta que fue retirado por un servicio de asistencia en carretera de Calasparra.
El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, con tasas superiores a 0,60 miligramos/litro, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
La Guardia Civil sigue reiterando su mensaje a aquellos conductores que de forma imprudente y temeraria, a pesar de las campañas y advertencias de la Dirección General de Tráfico, conducen después de haber bebido alcohol o tomado drogas, recordando que, sin perjuicio de la realización sistemática y permanente de controles de los desplazamientos de vehículos para verificar el cumplimiento de las limitaciones establecidas por la declaración del estado de alarma, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil sigue desarrollando su actividad específica de vigilancia de la seguridad vial durante las 24 horas del día, practicando las preceptivas pruebas de alcoholemia y drogas a todos los conductores que sean denunciados por la comisión de infracciones, implicados en accidentes o aquellos otros en que se detecte su consumo en el curso de otras actividades de vigilancia e inspección.
Por otro lado, la Guardia Civil de la Región de Murcia quiere apelar a la conciencia cívica de la población, para que avisen al teléfono 062 (Guardia Civil) o 112 (Emergencias) o directamente a las patrullas en servicio, cuando se encuentran con situaciones anómalas o maniobras irregulares que den lugar a pensar que los conductores lo hacen bajo la influencia de drogas o alcohol, con la finalidad de poder adoptar las medidas policiales oportunas para que estos vehículos sean interceptados y así garantizar la circulación vial.